Preocupación del alcalde de Agallas por trabajos de deforestación en pleno verano

Agallas / Agosto 2019.- 

*El edil popular muestra su preocupación por el gran riesgo de incendio que tienen los trabajos con maquinaria pesada que se están llevando a cabo en el monte de la localidad bajo la permisividad  de la JCYL

A pesar de  entrar en vigor la regulación establecida por la Junta de Castilla y León para la época de peligro alto que regula el uso del fuego y actividades susceptibles de originar incendios forestales, como el uso recreativo y acceso público al monte, el uso de barbacoas y de maquinaria en situaciones de especial riesgo meteorológico durante esta época de peligro alto de incendios,

Urbano Chamorro, alcalde de la localidad de Agallas, muestra su preocupación y perplejidad por la realización de trabajos forestales con maquinaria pesada y motosierras de mano, que se están efectuando en varias parcelas de propiedad privada del término municipal.

Los habitantes de Agallas y cientos de veraneantes que durante estos días pasan unos días de descanso en la localidad, están con la preocupación de que en cualquier momento una chispa producida por estos trabajos forestales pueda originar un fuego de irremediables consecuencias nefastas para el monte, ganado y la propia población sagalleja.

Urbano Chamorro discrepa de la prohibición que tienen hacia la utilización de barbacoas en su zona recreativa y regada continuamente, para que la Junta autorice trabajos de deforestación a particulares en plena época estival y con la alarma activada por riesgo de incendios.

Estos trabajos, no son urgentes, según el primer edil pueden aplazarse para épocas sin riesgo de incendios, sin necesidad de poner en peligro el medio ambiente y la vida de muchas personas, además de facilitar la propagación de plagas de insectos perforadores muy activos con el calor, a la vez de perjudicar la nidificación de aves en esta estación del año.

Por  parte de la Junta de Castilla Y León informó a este medio de comunicación, que con carácter general, se podrán realizar aprovechamientos durante todo el año, de acuerdo con las condiciones establecidas en el Decreto 1/2012, de 12 de enero, con ciertas  excepciones:

En aprovechamientos consistentes en podas o resalveos de especies frondosas de crecimiento lento. En estos casos se establece como época no hábil la comprendida entre el 1 de mayo y el 30 de septiembre, ambos inclusive,

En este caso concreto, la realización de los aprovechamientos madereros y limpieza de monte alto (pinos), se extremarán las medidas para evitar los incendios forestales. En consecuencia, el interesado deberá tener en cuenta las limitaciones específicas que, en virtud de la aplicación de las normas en materia de lucha contra incendios forestales, restrinjan este marco general. Ante situaciones de especial riesgo meteorológico declaradas durante la época de peligro alto de incendios forestales (alerta, alarma y alarma extrema), se deberán adoptar en la ejecución de los aprovechamientos, las medidas preventivas extraordinarias establecidas en la orden por la que se regula el uso del fuego y se establecen medidas preventivas para la lucha contra los incendios forestales en Castilla y León.

Cuando un aprovechamiento pueda realizarse de acuerdo con los procedimientos de comunicación o autorización descritos en esta orden, se entenderá autorizada igualmente la eliminación de sus restos mediante trituración o extracción como es el caso.

En el apartado de condiciones para el aprovechamiento maderero la Junta sí que advierte al  titular del derecho, que deberá tener en cuenta las épocas y métodos más adecuados para minimizar los daños al regenerado, si es que lo hubiera, no coincidiendo estas al parecer con la opinión de los vecinos de Agallas.

*Noticia divulgada en «SalamancaRtvAlDia»

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